A continuación se muestran las principales novedades tributarias introducidas por la reforma del IRPF. Debe tenerse en cuenta que estas medidas resultarán  aplicables en la declaración de RENTA 2015, que se presentará en abril, mayo y junio de 2016. Por lo tanto, estas medidas no afectarán a la declaración de RENTA 2014, a presentar en abril, mayo y junio de 2015.

No obstante, como excepción, el nuevo límite de 180.000 euros de la exención por indemnizaciones por despido o cese del trabajador es aplicable:

  1. a los despidos que se produzcan desde el 1 de agosto de 2014
  2. a los despidos derivados de ERE o despidos colectivos cuando el ERE se haya aprobado o el despido colectivo se haya iniciado antes de 1 de agosto de 2014

Sin perjuicio de lo anterior, también hay que tener presente que podrá solicitarse el abono anticipado de las nuevas deducciones por familia numerosa y por personas con discapacidad a partir de enero de 2015.

 

FUENTE: http://www.agenciatributaria.es/

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