Países que necesitan visado para entrar a España
Los ciudadanos de determinados países necesitan visado para entrar a España.
Cuando una persona desea realizar un viaje ( en este caso a ESPAÑA) lo primero que debes saber es si según tu nacionalidad, necesitas o no visado de entrada para estancias de corta duración.
Es decir, si has decidido venir a España de vacaciones, a visitar a un amigo, a un conocido, o a recorrer Europa, antes de organizar el viaje deberás tener en cuenta si es necesario solicitar un visado Schengen, o visado de corta duración. Recuerda que el visado de corta duración es el que se concede por un período máximo de 90 días y que no permite realizar actividades lucrativas en España ni autoriza a permanecer en el país por más de dicho período.
La exigencia o no de visado varía en función de cada país, de los acuerdos que la Unión Europea y los países miembros del Espacio Schengen puedan tener con determinados países.
A continuación te mostramos un listado de países que SI necesitan visado de entrada de corta duración (por un período inferior a 90 días) para viajar a España.
Listado de terceros países a cuyos nacionales SI se les exige visado de entrada de corta duración en los Estados miembros sujetos al Reglamento (CE) Nº 539/2001:
Afganistán, Angola, Arabia Saudí, Argelia, Armenia, Azerbaiyán, Bahrain, Bangladesh, Belarús, Belice, Benin, Bhután, Birmania/Myanmar, Bolivia, Botswana, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camboya, Camerún, Chad, China, Comoras, Congo, Corea del Norte, Costa de Marfil, Cuba, Djibouti, Ecuador, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Fiji, Gabon, Gambia, Georgia, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Guinea Ecuatorial, Guyana, Haití, India, Indonesia, Irán, Iraq, Jamaica, Jordania, Kazajstán, Kenia, Kirguistán, Kuwait, Laos, Lesoto, Líbano, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi, Maldivas, Mali, Marruecos, Mauritania, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Níger, Nigeria, Omán, Pakistán, Papua N. Guinea, Qatar, Rep. Centroafricana, Rep. D. Del Congo, Rep. Dominicana, Rusia, Rwanda, Sto. Tomé Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka, Sudáfrica, Sudán, Sudán del Sur, Suriname, Swazilandia, Tailandia, Tanzania, Tayikistán, Togo, Túnez, Turkmenistán, Turquía, Ucrania, Uganda, Uzbekistán, Vietnam, Yemen, Zambia, Zimbabwe.
Entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro
Autoridad Palestina
Kosovo (Tal como se define en la Resolución 1244, de 10 de junio de 1999, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas)
Listado común de terceros países a cuyos nacionales no se exige visado en los Estados miembros sujetos al Reglamento (CE) Nº 539/2001.
Albania (1), Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, A.R.Y.M. (Ant. Rep. Yugoslava Macedonia) (1), Australia, Bahamas, Barbados, Bosnia Herzegovina (1), Brasil, Brunei Darussalam, Canadá, Chile, Colombia (8), Corea del Sur, Costa Rica, Dominica (6), El Salvador, Emiratos Árabes Unidos (4), Estados Unidos, Granada (6), Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Kiribati (3), Malasia, Marshall Islas (3), Mauricio, México, Micronesia (3), Moldova (1), Mónaco, Montenegro (1), Nauru (3), Nicaragua, Nueva Zelanda, Palaos (3), Panamá, Paraguay, Perú (9), Salomón (Islas) (3), Samoa (6), San Cristobal y Nieves, San Marino, S. Vicente y Granadinas (6), Santa Lucía (6), Santa Sede, Serbia (1) (2), Seychelles, Singapur, Timor Oriental (5), Tonga (7), Trinidad y Tobago (6), Tuvalu (3), Uruguay, Vanuatu (6), Venezuela.
NOTAS:
1) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.
(2) Excluidos los titulares de pasaportes expedidos por la Dirección de Coordinación Serbia (en serbio: Koordinaciona Uprava).
(3) La exención de la obligación de visado se aplicará provisionalmente a partir del día siguiente a la firma de un acuerdo de exención de visado que deberá celebrarse con la Unión Europea.
(4) La exención de la obligación de visado se aplica provisionalmente desde el 6 de mayo de 2015, fecha de la firma del acuerdo de exención de visado entre Emiratos Árabes Unidos y la Unión Europea.
(5) La exención de la obligación de visado se aplica provisionalmente desde el 26 de mayo de 2015, fecha de la firma del acuerdo de exención de visado entre Timor Oriental y la Unión Europea.
(6) La exención de la obligación de visado se aplica provisionalmente desde el 28 de mayo de 2015, fecha de la firma del acuerdo de exención de visado entre este país y la Unión Europea.
(7) La exención de la obligación de visado se aplica provisionalmente desde el 21 de noviembre de 2015, fecha de la firma del acuerdo de exención de visado entre Tonga y la Unión Europea.
(8) La exención de la obligación de visado se aplica provisionalmente desde el día 3 de diciembre de 2015, día siguiente a la firma del acuerdo de exención de visado firmado entre Colombia y la Unión Europea.
(9) La exención de la obligación de visado se aplica provisionalmente desde el 15 de marzo de 2016, día siguiente a la firma del acuerdo de exención de visado firmado entre Perú y la Unión Europea.
Regiones Administrativas especiales de la República Popular de China.
Región Administrativa Especial de HONG-KONG (República de China) (4)
Región Administrativa Especial de MACAO (República Popular de China) (5)
(4) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los poseedores del pasaporte “Hong Kong Special Administrative Region”.
(5) La exención de la obligación de visado únicamente se aplica a los poseedores del pasaporte “Regiao Administrativa Especial de Macau”.
Ciudadanos británicos que no tienen la condición de nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el sentido del derecho comunitario
British Nationals (Overseas) [nacionales británicos (ultramar)]
British Overseas Territories Citizens (ciudadanos de los territorios británicos de ultramar)
British Overseas Citizens (ciudadanos británicos de ultramar).
British Subjects (súbditos británicos)
British Protected Persons (personas bajo protección británica)
Entidades y Autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro.
Taiwán (6)
(6) La exención de la obligación de visado para entrar en la Unión Europea únicamente se aplicará a aquellas personas que sean titulares de un pasaporte expedido por Taiwán que contenga un número de documento de identidad.
Lista actualizada a 15 de marzo del 2016
Fuente: Ministerio de Exteriores y web de parainmigrantes
Ramón Furío Rubio
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