Tener la doble nacionalidad
¿Qué implicaciones tiene la doble nacionalidad?
La concurrencia de dos nacionalidades en una misma persona tiene como consecuencia la existencia de un doble vínculo jurídico. La persona con doble nacionalidad es, a un tiempo, nacional de dos países, gozando de la plena condición jurídica de nacionales de ambos Estados.
Sin embargo, esto no quiere decir que estas personas puedan estar sometidas simultáneamente a las legislaciones de ambos países sino que, por el contrario, se articulan medios para «dar preferencia a una de las nacionalidades» a la persona con doble nacionalidad para, de esta manera, tener un punto de referencia en lo relativo a las relaciones ciudadano-estado.
Para ello, la mayor parte de los convenios de doble nacionalidad toma el domicilio como punto de referencia, de tal manera que los ciudadanos con doble nacionalidad no estarán sometidos de forma constante a ambas legislaciones, sino sólo a la del país en el que tengan fijado su domicilio. Esto será aplicable para cuestiones tales como el otorgamiento de pasaporte, la protección diplomática, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos de trabajo y de seguridad social y las obligaciones militares.
¿Cómo obtener la doble nacionalidad?
La doble nacionalidad se obtiene al acceder a la española teniendo alguna de las citadas en la sección modos de adquisición de la nacionalidad o accediendo a éstas teniendo la española, al no existir la obligación de renunciar a la nacionalidad preexistente.
¿Qué nacionalidades es posible compartir con la española?
No es necesario que renuncien a su nacionalidad quienes fueran naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Se consideran países iberoamericanos a estos efectos aquéllos en los que el español o el portugués sean una de las lenguas oficiales.
A efectos de adquirir la doble nacionalidad Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana no se consideran iberoamericanos mientras que Puerto Rico sí se considera iberoamericano.
Fuente: Ministerio de justicia de españa

Ramón Furío Rubio
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Hola, en febrero va a ser dos años que tuve la entrevista y aun no me llega, la mía es por matrimonio
Buenos días.
Entiendo que esta consultando acerca de su expediente de nacionalidad española.
Le comento que a fecha de hoy (31.01.2017) se esta comenzando con los expedientes del 2015. Por lo que creo que pronto tendra noticias acerca de su expediente. Desde Libre de Gestion esperamos que el tramite sea satisfactorio.
Buenos dias y tengan una exelente noche, quisiera saber si podrian ayudarme, atraves de mi expediente que debera star en la embajada de la habana, donde intente acojerme a la Nacionalidad Española por mi abuelo y al parecer apesar de mostrar documentos originarios no demostraron su nacionalidad, ya que nacio en cuba 1897, quisiera si es posible se retomara mi caso hasta donde es posible, de esta fotma podriamos intercambiar informaciones y documentos escaniados, gracias
Buenos días.
Desde Libre de Gestion en España lamentable mente no podemos ayudarle con tramites que realizó con la embajada de España en Cuba. Las personas que optaron a la nacionalidad por la Ley de Memoria historica deben tramitarlo directamente con la embajada de España en su país de nacimiento.