Presentacion expediente nacionalidad por residencia.
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Quien puede presentar el expediente de nacionalidad por residencia
Qué es
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
Una de las formas de obtención de la nacionalidad es por residencia, la cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:
- Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
- Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- Un año:
- El que haya nacido en territorio español.
- El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
- El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
- El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
- El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
- El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.
Quién puede solicitarlo/presentarlo
- El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
- El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
- El representante legal del menor de 14 años.
- La persona con la capacidad modificada judicialmente por sí solo o el representante legal de dicha persona, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.
Información adicional
Documentos que han de acompañar a la solicitud de mayores de edad en todo caso:
- Modelo de solicitud normalizado En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line
- Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
- Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen
- Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
- Justificante del pago de la tasa
- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
- Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.
Documentos que han de acompañar la solicitud de menores de edad o personas con la capacidad modificada judicialmente, en todo caso:
A) Menores de 14 años o personas con la capacidad modificada judicialmente que deban actuar a través de representante legal:
- Modelo de solicitud normalizado firmado por el representante legal. En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso, conforme a los Convenios Internacionales.
- Pasaporte completo o documento de identificación en el caso de ciudadanos de países miembros del espacio Schengen.
- Justificante del pago de la tasa.
- Autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del menor o de la persona con la capacidad modificada judicialmente, en los términos previstos en la normativa vigente.
- Documento de identificación del representante o representantes legales.
- Certificado de centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite el suficiente grado de integración, obligatorio en el caso de niños en edad escolar.
- Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
B) Mayores de 14 años pero menores de 18 años, no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que pueden actuar por sí mismos asistidos por su representante legal
- Modelo de solicitud normalizado. La solicitud en papel debe ir firmada tanto por el interesado como por sus representantes legales. En la presentación en sede electrónica bastará con la firma digital de uno de ellos pero adjuntando escaneada el modelo de solicitud en papel firmada por todos.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso conforme a los Convenios Internacionales.
- Pasaporte completo documento de identificación en el caso de ciudadanos de países miembros del espacio Schengen
- Justificante del pago de la tasa.
- Certificado de centro de formación, residencia o acogida que acredite el suficiente grado de integración. Este certificado será obligatorio en solicitantes menores en edad escolar y siempre que el menor o la persona con la capacidad modificada judicialmente esté inscrita en alguno de estos centros.
- Documento acreditativo de la representación legal (Auto judicial donde se establezca la representación o documento de identificación de los padres en el caso de menores sujetos a patria potestad)
- Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
Se pueden solicitar documentos adicionales que han de aportarse en casos específicos.

Ramón Furío Rubio
Abogado experto en Extranjería
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Opiniones de clientes
Son un equipo muy profesional en su trabajo y en la atención a sus clientes, hacen un trabajo importante para los cubanos q estamos aquí en España.
He tenido la mejor atención, llevan el trámite de nacionalidad de mi esposo y estamos muy satisfechos, así que los recomiendo siempre.
Muy buena atencion y excelente las esplicaciones y como llevan los tramites y todo muy bueno.
Hola buenas quisiera saber si lleváis tema de nacionalidad,el mío está metido todo desde el 2018 y hasta ahora noce nada!!!
Llama 918 372 295 ( REGISTRO DE EXPEDIENTE DE LA NACIONALIDAD)
Ten tu número de DNI o NIE a la mano
Hola puedes consultar tu expediente de nacionalidad por internet en AQUI
Buenos días yo ya tengo el examen aprobado hace 3 años pero no lo e presentado tengo que mandar a buscar los papeles a Cuba y llevó en España 11años con residencia como puedo hacer para que ustedes me lo agan
Hola soy Teresa de la Caridad,cubana, casada desde el 2011 con un mallorquín, con residencia en Mallorca desde 2013,en el momento de renovar mi NIE me encontraba en Cuba por problemas familiares y no me dejaron salir del país hasta pasados 5 meses,ahora perdí la antigüedad de residencia,me han asignado nuevamente permiso por 5 años,puedo solicitar mi ciudadanía o tengo que esperar,gracias, un saludo
Hola mi nombre es gloria soy cubana y resido en España desde 2007 recibí residencia y permiso de trabajo en el 2010 y ya llevo 8 años con mi documentación y en el 2020 me entregan la residencia permanente. Deceo saber porque no tengo la nacionalidad si al solicitarla se
Me demorará 2 0 3 años como me han comentado una amiga
Espero su respuesta .gracias.
Buenos días Gloria.
Los tramites de nacionalidad van a fecha de hoy, según la ultima información que tenemos, por finales del año 2015.
Desconocemos la fecha de presentación de tu expediente de nacionalidad. Si esta presentado antes de septiembre del 2015, debes recibir una carta con numero de expediente. Si esta presentado con posterioridad al año 2015 debes tener número de expediente si lo presentaste por la vía telematica aunque no este en curso la resolución del expediente.
Este es un proceso largo en el cual se ha de tener paciencia y llamar con cierta frecuencia al ministerio de justicia para conocer el estado de los expedientes.
Saludos
Hola, se podría solicitar la nacionalidad sin contrato de trabajo y sin justificar los medios de vida?
Buenos días Andrea.
Tener medios de vida o contrato de trabajo NO ES UN REQUISITO para presentar el expediente de nacionalidad.
Los principales requisitos son: Haber residido en España el tiempo que exige la ley de manera continuada y legalmente. Hacer el EXAMEN CCSE y DELE ( si corresponde). Aportar la documentación que se comenta en esta página.
Saludos
Hola si quiero patentar un nombre inventado por mi. Que coste tiene?
Y cuanto tiempo tarda el tramite?
Buenos días, en este enlace REGISTRO MARCA puede consultar todo lo relativo a los coste de presentacion de registro de marca. Si esta interesado en realizar el tramite, puede consultar nuestros en CONTACTO . Saludos
Buenos días, soy comunitaria y quiero solicitar el certificado de inscripción al registro de ciudadano comunitaria como rentista, porque estoy sin trabajo de momento.
Querría saber cuánto dinero tengo que ingresar en mi tarjeta de crédito para no convertirme en una carga para el Estado y para así sacar la tarjeta verde