Cómo saber si tu hijo es español o no, si ha nacido en España
El nuevo borrador del Reglamento de Extranjería establece que los padres de un menor de nacionalidad española podrá solicitar la residencia por circunstancias excepcionales siempre que el menor esté a cargo de y convivía con el progenitor que solicite la autorización (art. 122.3)
Según el artículo 17 nº 1, c) del Código civil, son españoles de origen “Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad“, por lo cual, a excepción de los supuestos de apatridia ( persona sin nacionalidad) de los padres, resulta necesario precisar el alcance de las leyes extranjeras correspondientes a la nacionalidad de los progenitores conocidos respecto de la atribución de la nacionalidad de tales países a los hijos de sus nacionales nacidos en el extranjero.
¿Qué quiere decir esto? Pues que no todos los menores nacidos en España van a ser españoles de origen, o por valor de simple presunción, sino que dependerá de la nacionalidad de los padres y de la ley nacional de ellos, la concesión, o no, de la nacionalidad española, es decir, con arreglo a la legislación española, los nacidos en España de padres extranjeros siguen la nacionalidad de sus padres.
Existen países que no reconocen como nacionales los hijos nacidos en el extranjero de sus nacionales, y es por ello que España, para evitar que estos niños carezcan de nacionalidad, les concede con valor de simple presunción, la nacionalidad española.
A estos efectos, la Dirección General de los Registros y del Notariado publicó una instrucción en la que establecía algunos el listado de algunos países a los que les podría ser de aplicación la ley española. Es decir, son españoles los nacidos en España hijos de:
Argentinos, Los bolivianos, Brasileños, Colombianos, Costarricenses, Cubanos, Guineanos (Guinea-Bissau, Marroquíes, Palestinos, Peruanos, Saharauis, Suizos, Santotomenses, Venezolano y Paraguayos
Por el contrario no son españoles iure soli, por corresponderles iure sanguinis la nacionalidad de uno de los progenitores, los nacidos en España hijos de:
Angoleños , Argelinos , Búlgaros, Chilenos , Congoleños , Dominicanos, Ecuatoguineanos, Ecuatorianos, Etíopes, Jamaicanos, Jordanos, Kazajos (Kazajstán), Letones, Lituanos, Marroquíes, Mauritanos, Nicaragüenses, Nigerianos, Paquistaníes, Polacos, Rumanos, Rusos, Senegaleses , Sierraleoneses , Sirios, Suizos , Tanzanos, Uzbekos, Zaireños , Uruguayos , Venezolanos.
Para consultar el reglamento que rige cada nacionalidad debe entrar el Registro de Notarios o contactando con Libre de Gestion
Para iniciar el expediente de nacionalidad española con valor de simple presunción, debes presentar los siguientes documentos en el Registro Civil de tu domicilio:
- – Certificado literal de nacimiento del recién nacido.
- – Certificado de empadronamiento de cada uno de los padres de convivencia en el que aparezca el menor.
- – Certificado literal de nacimiento de cada uno de los padres, procedente del Registro Civil de su país, y legalizado por el Consulado o Embajada de dicho país en España, o apostillado.
- – Original y fotocopia del libro de familia donde conste el menor.
- – Original y fotocopia de los pasaportes de los padres.
- – Certificado Consular en que se acredite que la legislación de su país no reconoce al menor la nacionalidad de su país.
IMPORTANTE: Esta lista de países puede sufrir modificaciones, por lo que desde libredegestion.com te recomendamos que confirmes esta información en el Consulado o Embajada de tu país en España.
Fuente: Página web de Parainmigrantes y Noticias Jurídicas
Ramón Furío Rubio
Abogado experto en Extranjería
Solicita una consulta por Skype. Te asesoraré sobre todos los asuntos de extranjería y tus derechos que necesitas saber respecto a tu situación legal en España y cómo regularizarla.
No lo dudes, la asesoría de un buen abogado es la diferencia. Habla con nosotros.
hola buen dia mi consulta es la siguiente: nací en madrid ya hace 45 años mis padres son venezolanos ellos me trajeron a los tres años y desde entonces no eh tramitado mi nacionalidad por que siempre que voy al consulado me echan para atrás mis papeles. tengo partida de nacimiento española.
que debo hacer para solicitar mi nacionalidad española. gracias
Si en el momento de tu nacimiento tus padres no eran españoles uno de ellos. No tienes derecho a la nacionalidad por nacimiento ya que NO son españoles iure soli, por corresponderles iure sanguinis la nacionalidad de uno de los progenitores, los nacidos en España hijos de: VENEZOLANOS
Hola soy de naionalidad cubana llevo aquí 9 años yreie he tenido una bebé la cual estoy con este problema porq no le quieren dar nacionalidad española si me puedes ayudar os lo agradecería con el corazón
BUENOS DÍAS MADELAINE. TU HIJO TIENE DERECHO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA ya que es hijo de CUBANOS.
Si deseas que llevemos el tramite tuyo puedes contactarnos llamando al 602 817 821 y te atendemos. Saludos
Hola quiero saber si mi hijo nasido en Espania de padres bulgaros qe tengo qe hacer para consigir nasonalidad española de mi hijo nasido en año 2005.GRACIAS